Bienes inmuebles que confiere a cada condómino un derecho de propiedad exclusivo sobre la unidad privativa, así como un derecho de copropiedad con los demás condóminos, respecto de las áreas o instalaciones comunes.
La constitución del Régimen de Propiedad en Condominio en la que coexiste un derecho de propiedad absoluto y exclusivo, respecto de unidades de propiedad privativa y un derecho de copropiedad en términos de lo dispuesto por los artículos 943 y 944 del Código Civil, respecto de las áreas y bienes de uso común necesarios para el adecuado uso o disfrute del inmueble.
En la Sucesión Testamentaria la Adjudicación de bienes corre a cargo del albacea, con la finalidad de adjudicar los bienes dejados a su fallecimiento por el autor de la Sucesión, en favor de los herederos y legatarios; en el caso de Sucesión Intestamentaria, solo en favor de los herederos.
En virtud del fideicomiso, el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria.
Contrato por el que una persona llamada donante, transmite, generalmente a título gratuito, en favor de otra persona llamada donatario, la propiedad de un bien inmueble o mueble
Esta figura se da cuando una persona física o moral debe a otra, una cantidad de dinero (documentada o no), y al no tener la capacidad económica para pagarla, transmite en favor de su acreedor, la propiedad de un bien inmueble de su propiedad, para liquidarla.
Esta figura se da en los casos en que el propietario de un inmueble lo ha vendido con antelación a la formalización del contrato. También se da en los casos de Transmisiones de Propiedad en ejecución de Fideicomiso.
Cuando en una empresa alguno(s) de los accionistas desea hacer una aportación de bienes inmuebles a la empresa, deberán acordarlo mediante asamblea, para que se verifique asimismo el aumento de capital y la emisión de nuevas acciones en favor de quien aporta.
Cuando se termina de liquidar un crédito o préstamo cuya obligación estuvo garantizada con hipoteca sobre un inmueble, no basta con terminar de pagar, hay que cancelar el gravamen en el Registro Público de la Propiedad correspondiente.
Esta figura se da cuando el propietario de un inmueble desea fraccionarlo para tener más de uno, debiendo cumplir con los requisitos que la autoridad solicite, para corroborar la viabilidad de la subdivisión.
Las Actas que contienen los acuerdos tomados en Asambleas, Sesiones de Consejo o Juntas de Socios, deben ser protocolizadas y en su caso, inscritas en el Registro correspondiente, para que surtan efectos contra terceros.
Cuando se necesita informar a alguien algo como la terminación de un contrato, o requerirle de pago o dar fe de algún hecho que el notario aprecia con los sentidos, en todos estos casos, se pueden tomar fotografías y se levanta un acta para que quede constancia.
La Sucesión Intestamentaria se abre al fallecimiento del autor de la sucesión, cuando éste no dejó testamento, para lo cual los presuntos herederos deberán ser mayores de edad y no haber conflicto entre ellos, se requerirá el testimonio de 2 testigos para acreditar quienes tienen derecho a heredar, en virtud de que no hay testamento en el que se hubieren nombrado. Una vez acreditado quienes tienen derecho a heredar, ellos mismos nombrarán un albacea.
Se abre al fallecimiento del autor de la sucesión, cuando éste dejó testamento en el que nombró herederos, legatarios (en su caso), albacea, Tutor y Curador, cuando así se requiera, con la finalidad de que se les reconozca su calidad de heredero, legatario y albacea.
Cuando alguien no está interesado en adquirir algo a lo que tiene derecho, puede ceder sus derechos en favor de alguien más. (generalmente se da en las sucesiones testamentarias e intestamentarias)
Esta figura generalmente se da entre familiares, para acreditar la procedencia del dinero que se obtiene, o bien cuando la donación se realiza para disponer de él para la compra de un inmueble.
Cuando se quiere probar y aclarar por ejemplo que se ha utilizado nombres o apellidos escritos de manera diferente o que se ha omitido alguno de ellos en su utilización.
Cuando se necesita informar a alguien algo como la terminación de un contrato, o requerirle de pago o dar fe de algún hecho que el notario aprecia con los sentidos, en todos estos casos, se pueden tomar fotografías y se levanta un acta para que quede constancia.
Se podrá llevar a cabo el DIVORCIO Notarial, cuando estén de acuerdo ambos cónyuges, no haya hijos menores de edad o mayores sujetos a tutela, suscriban el convenio bajo el cual se sujetará el divorcio y hayan liquidado la sociedad conyugal, si la hubiera. Reuniéndose todos estos requisitos, el Notario podrá intervenir en un divorcio.
Cuando un menor de edad va a viajar solo o únicamente con uno de sus padres, requiere que le autoricen a viajar de esa forma, mediante un acta otorgada ante notario.
Cuando se desea confirmar que el contenido de un documento fue firmado y reconocido por quien lo otorgó, se solicita que se ratifique la firma del suscriptor.
A través de la Mediación, las partes se someten a un procedimiento para conciliar sus diferencias y llegar a un acuerdo, que se registre en el Tribunal Superior de Justicia y adquiera fuerza de sentencia. “A Notaría abierta, Juzgado cerrado”