
Se abre al fallecimiento del autor de la sucesión, cuando éste dejó testamento en el que nombró herederos, legatarios (en su caso), albacea, Tutor y Curador, cuando así se requiera, con la finalidad de que se les reconozca su calidad de heredero, legatario y albacea.
REQUISITOS
Todos los documentos deberán ser: ORIGINALES.
- 1. Testamento.
- 2. Acta de defunción.
- 3. Herederos, legatarios y albacea deberán descargar, rellenar e imprimir el formato de datos generales. (descarga aquí)
4. Cuando algún compareciente sea extranjero:
- a. Solicitar forma migratoria
- b. Identificación oficial
- c. RFC
- d. CURP
- e. Comprobante de domicilio